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COLUMNA DE OPINIÓN: "SANCIONES PENALES PARA LA CORRUPCIÓN EMPRESARIA"

19/11/2013 | Artículos

19-XI-2013


 Autor: Juan María Rodríguez Estévez

 

En el marco de una iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional un grupo de expertos trabaja desde hace más de un año en un proyecto de reforma integral del Código penal que pronto será presentado en sociedad. La Comisión se integra con el ex ministro de Justicia y Seguridad bonaerense Carlos Arslanian; los diputados Federico Pinedo y Ricardo Gil Lavedra, la ex diputada María Elena Barbagelata y el juez de la Corte Suprema Eugenio Raúl Zaffaroni. El resultado del trabajo motivará fuertes debates políticos e ideológicos, más allá de los técnicos y jurídicos, dada la trascendencia del trabajo.

Muchas pueden ser las razones que hayan inspirado una modificación de esta envergadura. Sin embargo, el deseo de modernizar la legislación para adaptarla a las nuevas realidades debería ser su norte principal. Es decir, contar con una legislación que capte las nuevas formas de criminalidad para dar una eficiente respuesta desde el Estado.

Este contexto ofrece una inmejorable oportunidad para revisar y abandonar el paradigma que impide la responsabilidad penal para las empresas por delitos cometidos por sus directivos que se escudan tras su estructura. En este sentido, si bien es cierto que cada vez son mayores las demandas de la ciudadanía por contar con una dirigencia pública honesta y transparente, no solemos medir con los mismos parámetros al sector empresario privado.

En el mundo, casos emblemáticos como el de la empresa multinacional Siemens en Alemania y Word - Com en los Estados Unidos han obligado a las empresas privadas a desarrollar procesos y sistemas de cumplimiento de las disposiciones legales a fin de crear una cultura empresarial respetuosa de la ética y la legalidad. Asimismo, la obligación de contar con miembros del directorio que asuman el rol de verdaderos oficiales de cumplimiento de normas estatales contra la corrupción permite dar un paso hacia a una cultura de cumplimiento de la ley que permita trazar las bases para un desarrollo empresarial en el marco de la legalidad.

Se sabe que no es posible hacer frente a la corrupción pública sin encarar con todo el rigor de la ley la actuación del sector privado que le resulta funcional. Así, es contradictoria la voluntad de enfrentar la criminalidad económica sin contar con un sistema legal que reconozca que las empresas puedan responder frente al sistema de justicia penal. En términos de política criminal, se trata de crear incentivos para que las empresas adapten su actividad empresaria al más estricto cumplimiento de la ley. Continuar con la postura filosófica por la cual las empresas quedan fuera del sistema punitivo del Estado importa una cómoda ceguera ante los hechos y nos aleja de una sociedad que pretenda ubicarse a la cabeza en la lucha contra la criminalidad empresaria.

Esta responsabilidad penal de las empresas se ensambla con la exigencia de contar con un empresariado privado comprometido con la responsabilidad social que también incluya la prevención de lesiones de bienes jurídicos básicos de los ciudadanos como la vida y la integridad física. La organización defectuosa de estructuras empresariales en el ámbito de los servicios públicos, por ejemplo, ha dado muestra de accidentes evitables que con una adecuada cultura de legalidad y prevención no habrían sucedido.

Si de modo decidido optamos por combatir la corrupción en todas sus manifestaciones, la empresa como verdadera institución del sistema legal de nuestro país no puede continuar aislada del sistema penal del Estado. El proyecto de modificación del Código penal debería leer esta realidad para no nacer desactualizado.
 






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